Certificado CETA (de AFIP)

CERTIFICADO CETA

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¿Qué es el Certificado CETA?

EL Certificado CETA (Certificado de Transferencia Automotor) es una obligación de los vendedores, para informar ante AFIP el traspaso dominial de automotores y motovehículos usados radicados en nuestro país. Es un requisito para la transferencias de automotores y motovehículos.

¿Quiénes se encuentran Obligados a la emisión del Certificado CETA?

  • Personas Físicas (o Humanas)
  • Las Sucesiones Indivisas
  • Las Personas Jurídicas

Esto es para los residentes en el país o fuera de él, siempre que el bien a transferir esté radicado en Argentina.  

La obligación se extiende para todo automotor y motovehículo  cuyo valor sea igual o mayor de $800.000 (ochocientos mil), según se trate del importe de la transacción o de la tabla de valuación de la DNRPA (siempre tomando el valor más alto). Aquí, cabe aclarar que para motovehículos también el valor de referencia es $800.000. Es un error muy común tomar para motovehículos $27.000 (por norma anterior derogada). La Disposición 246/2016 de la Dirección Nacional (DNRPA), establece el nuevo valor para las motos y la obligatoriedad del CETA.

Según la Disposición D.N. Nº 279/2019 del 20 de Agosto de 2019, se actualizan los valores de exigibilidad (conforme a Resolución AFIP 4550/2019). Éstos son tanto para Automotor y Motovehículo, cuando el valor sea igual o mayor a $800.000.

La obligación también rige en la cesión de derechos a favor de compañías aseguradoras, y los casos en que se tratare de robo o hurto del bien asegurado.

El CETA es obligatorio cuando:

  • El valor de la transacción entre las partes para la transferencia, o lo informado según la tabla de valuación de la DNRPA sea igual o superior a $800.000.
  • Cuando se trate de un automotor (automóvil, rural, camión, camioneta, jeep, furgón de reparto, ómnibus, microómnibus y colectivo, remolque o acoplado, aún cuando no estuvieran carrozados.
    • Se excluyen maquinarias autopropulsadas (agrícolas, grúas, tractores, cosechadoras y maquinarias viales).
  • Cuando sea un motovehículo (ciclomotores, motocicletas, motonetas, motocarros (motocarga o motofurgón), triciclos y cuatriciclos con motor.
  • Que el automotor o motovehículo sea usado y radicado en Argentina.

¿Quiénes se encuentran Exceptuados en la obligatoriedad del Certificado CETA?

Se encuentran exceptuados del cumplimiento de la presentación del Certificado CETA en automotores y motovehículos los siguientes sujetos:

  • Los Estados Nacional, Provincial y Municipal y la C.A.B.A. (Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
  • Las misiones diplomáticas permanentes, con la debida acreditación ante el Estado Nacional.
  • Los Agentes consulares y demás representantes oficiales de países extranjeros.
  • Las Instituciones Religiosas, comprendidas en el art. 20, en su inciso “e” de la Ley de Impuesto a las Ganancias, norma sancionada en el año 1997 y sus modifcatorias.
  • También están exceptuados los casos de transferencias que se den en el el marco de Sentencias o Resoluciones Judiciales y Remates.

¿Qué necesito para hacer el CETA?

Si soy el vendedor, y estoy dentro de los parámetros de obligatoriedad de emisión del CETA, necesito clave fiscal de AFIP y número de CUIT. Actualmente también se puede gestionar sin Clave Fiscal.

En caso de no poseer clave fiscal, deberemos concurrir a nuestra delegación de AFIP para solicitarla. Cabe aclarar que el Nivel de Seguridad de la Clave Fiscal deberá ser el 2 (dos) como mínimo.

Certificado CETA - Clave Fiscal AFIP

Se necesitan además los siguientes datos para el CETA:

  • Vehículo que se transfiere (Marca, modelo y Dominio).
  • Porcentaje de Titularidad a transferir.
  • Nombre del/los adquirente/s.
    • Apellido y Nombres completos.
    • DNI (Documento Nacional de Identidad).
    • CUIL o CUIT  del comprador.
    • Porcentaje de adquisición del bien mueble registrable.
    • En caso de condominio, los datos de los condóminos y sus porcentajes de participación.
  • Precio de la transacción (deberá ser el mismo que en el declarado en el formulario 08).
  • Solicitud tipo 15 (Cesión de Derechos) si se tratare de transferencias preventivas, a favor de la compañía aseguradora del bien en caso de robo o hurto.

¿Cuánto Cuesta gestionar el CETA?

El trámite de gestión del Certificado de Transferencia es gratuito, tanto sea en la web o mediante vía telefónica.

¿Cuándo debo hacer el CETA?

El Certificado de Transferencia debe hacerse obligatoriamente antes de la transferencia del auto o moto. Debe proveerse al comprador en tiempo y forma, para que éste pueda realizar la registración del bien con la transferencia.

¿Para que sirve el Número del Certificado de Transferencia Automotor?

El número provisto por AFIP, es necesario para poder imprimir el certificado. Además es necesario informar ese número en los siguientes casos, cuando se presente el trámite en el Registro Seccional:

  • En la Solicitud Tipo 08 (contrato de compra-venta).
  • Solicitud Tipo 15 (cesión de derechos).
  • Solicitud Tipo 17 (Inscripción preventiva a favor de un comerciante habitualista).

¿Cómo Imprimir el CETA?

Una vez obtenido el Nº de CETA es posible imprimirlo desde la misma página de AFIP. Esto es recomendable para corroborar la veracidad de dicho documento. Hay que tener en cuenta, que los Registros Seccionales, corroboran que los datos sean verídicos, y en caso de no serlo rechazan el trámite.

Para imprimir el Certificado CETA, puede hacerlo entrando con clave fiscal (si es el emisor del certificado) en la “consulta de certificado” emitidos. Otra forma, es hacerlo a través de la página creada por AFIP para tal efecto (consulta pública): Ingreso a Afip para imprimir

Allí colocamos el Nº de Certificado, el Dominio (Patente) y oprimimos en “Consultar“. De esta forma la página nos mostrará el Certificado en cuestión y podemos imprimirlo para su presentación, previa firma del adquirente.

¿Cómo hacer el CETA? La Guía Definitiva

Existen dos maneras de gestionar el CETA de AFIP:

  • Por vía Web (internet) a través del sitio de AFIP con clave fiscal Nivel 2. Se debe ingresar al servicio “Transferencia de Bienes Muebles Registrables”. Una vez allí ir a “Certificado de Transferencia de Automotores (CETA)”. Actualmente, también se puede realizar sin clave fiscal, a través de la página principal del portal de AFIP. Click Aquí para ceta sin clave fiscal.
  • Mediante Vía Telefónica (al Centro de Información Telefónica de AFIP) Tel. 0800-999-2347. Allí se autenticarán los datos del solicitante, y de no mediar inconsistencias, se informará la identificación del CETA. La identificación consistirá en el Número de Certificado. Con él, el solicitante podrá ingresar a la página de AFIP para imprimirlo. Puede ser realizado cuando no se posea o conozca la clave fiscal otorgada por AFIP. Una vez obtenido el Número del certificado, puede imprimir aquí el CETA, introduciendo en la consulta el Nº otorgado y el Dominio. De esta forma, se le puede pasar al comprador el nº de CETA, y éste lo puede imprimir desde la web.

El paso a paso para hacer el Certificado de Transferencia Automotor por Web

El primer paso es abrir el navegador web (Browser) y tipear la dirección www.afip.gob.ar

Entrando a la Web de AFIP

Una vez abierta la página se verá de la siguiente manera:

pagina principal de afip

Oprimir con el Mouse (en el módulo de “Acceso con CLAVE FISCAL“) el botón de “INGRESAR

Se verá así:

poner el CUIT

A continuación, se ingresa el número de CUIT y clickear en el botón “SIGUIENTE“. En el caso de una PC pública (en un cyber por ejemplo), se debe introducir los datos por el teclado virtual, sugerido por seguridad.

INGRESAR CON CLAVE FISCAL

Ahora se accede con la Clave Fiscal proveída por AFIP, se coloca en el recuadro correspondiente y se oprime “INGRESAR“.

Selección del servicio de AFIP

Ya se está dentro de la sesión, y se verán muchas opciones en el listado.

Transferencia de muebles registrables

Buscando el CETA

Buscar en el listado de los servicios cargados la opción “Transferencia de Bienes Muebles Registrables“. Oprimir en esa opción. Se abrirá una nueva ventana, con dos opciones para elegir.

certificado CETA

Para el trámite en cuestión, seleccionar lo que corresponda. En este caso la opción es “Cert Transferencia Automotor (CETA)“.

Elegir opción Emisión de Certificado

Ahora, se deberá seleccionar   “Emisión de Certificado”

En la siguiente pantalla, se seleccionará la opción correspondiente en el desplegable.

Cargando los Datos de la Compra-Venta

elección del tipo de bien registrable

En este ejemplo se elige la opción “AUTOMÓVIL“, se coloca el Dominio (Nº de Patente) y se acepta.

Se abre el Formulario automáticamente para ser llenado con los datos correspondientes de la operación de Compra-Venta.

Completar los datos del CETA

En la Sección “Datos del Bien” aparecen los datos asociados al número de patente introducido en el paso anterior.

En el campo “Solicitud Tipo 15” se le pone “NO”. Solo se usa el “SI” en el caso de que se transfiera a una compañía de seguros, en el supuesto de una situación de Robo o Hurto.

Se debe completar el % de titularidad, luego el % de titularidad a transferir (en este caso de ejemplo el 100%).

Y en “Datos Adquirentes” se coloca el CUIT del comprador, aparece el campo con el nombre y se pone el % de compra. Es el 100% en este caso, por tratarse de un solo comprador, pero en el caso de Condóminos, se colocan los porcentajes correspondientes.

Un vez corroborados los datos se oprime el botón ” ACEPTAR”

Se genera así el Certificado CETA, con los datos introducidos y un asignado por AFIP.

Ejemplo de Certificado CETA

CERTIFICADO CETA

El Certificado CETA obtenido, debe llevar la firma del comprador o adquirente. Se ha cumplido así con la obligación y es el momento de adjuntarlo al trámite a presentar. Recordar que el Nº de CETA, debe vincularse en el formulario 08 (S.T. 08) para transferencia automotor en el campo correspondiente, y el monto de la operación debe coincidir en los dos documentos.

*Actualizado en AGOSTO de 2019

Tramitar08 – Gestoría en Rosario

Para más consultas, puede dejarnos un mensaje más abajo, y con gusto un Gestor de Rosario le responderá. Puede hacerlo desde esta misma página, colocando sus datos, o con su cuenta de Facebook. Esperamos que la información aquí presente, sea de utilidad.

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22 Comments

  • Rodrigo Prats

    Reply Reply 29/04/2017

    Muy completa la información. Quería saber cómo se hace para dar de baja un CETA ya emitido. Se vino para atrás la venta del auto, y lo volví a vender. El tema es que me quedó ese CETA que no sirve. Cómo hago para hacer una nuevo? El que me compró el auto me lo está reclamando para transferir. Gracias

    • jorgemax

      Reply Reply 30/04/2017

      Hola Rodrigo. En tu caso lo que tienes que hacer es anular el certificado CETA en la propia web de afip. los pasos a seguir son:
      1 – Ingresar con clave fiscal en http://www.afip.gob.ar
      2 – Elegir “Transferencia de Bienes muebles registrables”
      3 – Allí seleccionar “Cert Transferencia Automotor (CETA)”
      4 – De las opciones, oprime “Consulta de Certificado”
      5 – Aparecerán los Certificados que ya emitiste, y ves cuál es el que tienes que dar de baja. Si te fijas en la última columna, aparece la opción “ANULAR”. La seleccionas y le das a “Aplicar”. Lo puedes Imprimir a este trámite.
      6 – Sigues los pasos de este artículo, para generar un nuevo CETA, con los datos actuales del nuevo comprador.
      Espero que te sirva. Si tienes algún problema consultanos, o me pasas la clave fiscal y te ayudamos.
      Saludos

  • Nancy

    Reply Reply 03/08/2017

    Hola,qué tal?
    Gracias por la posibilidad de responder las inquietudes.

    Me surge una duda con el trámite CETA. Tengo que hacer una venta de auto y este documento se le exige solo al vendedor quien deberá presentarlo en el momento de la transferencia ya confeccionado y pasado al AFIP con el nombre del comprador. Mi duda es: que pasa si llegado el momento ( nosotros haremos el trámite en el registro donde esta radicado el auto de manera que quede transferido totalmente) el comprador no trajo el dinero o surge cualquier problema y la operación no se realiza el CETA ¿el auto queda registrado en el AFIP a nombre de ese comprador que finalmente no concretó la compra? O hay una instancia de anulación?
    Gracias de antemano! saludos

    • jorgemax

      Reply Reply 05/08/2017

      Hola Nancy, Gracias por tu consulta. En el caso que planteás, el Certificado CETA es perfectamente anulable, desde la misma página de AFIP. El contrato de Compra Venta de un vehículo, se perfecciona a través del formulario 08, y el CETA es un requerimiento para la inscripción en el Registro Seccional. Por ello se puede anular, entendiendo la cantidad de situaciones que pueden darse en una compra-venta entre particulares. Espero haber aclarado tu duda, cualquier cosa me preguntás de nuevo. Saludos

      • Nancy

        Reply Reply 05/08/2017

        Jorge muy amable!! por despejar mis dudas. Era algo que realmente me preocupaba. Gracias de nuevo.Saludos

  • Raulito De La Quinta

    Reply Reply 05/08/2017

    buen día…dos consultas: primero, al no tener clave fiscal ni conocer al dueño del vehículo, si tiene validez el ceta tramitado a través del 0800 que no lo hice pero se puede hacer según me han dicho, es pregunta obvia seguramente pero que en delegación registral me dijeron que no sirve; y segunda consulta, si los dueños son dos al 50% cada uno, si se deben entregar dos cetas o con uno emitido por cualquiera de ellos ya es suficiente…gracias y felicidades por la pagina, muy instructiva…

    • jorgemax

      Reply Reply 16/08/2017

      Buenos días: En primer lugar, si el CETA pudo tramitarse a través del 0800 de AFIP, es perfectamente válido, y el registro no tiene ninguna autoridad para rechazarlo, salvo que vea inconsistencias de los datos declarados en él. Si los dueños son dos (en condominio), cualquiera de ellos puede emitirlo, declarando su 50% y agregando al otro condómino en el mismo CETA con su respectivo porcentaje.

  • lihuen

    Reply Reply 25/10/2017

    Hola buenas tardes, compre una camioneta hace dos semanas.
    Tengo 08 firmado y todos los papeles hechos…
    Mi consulta es: NECESITO VENDER LA CAMIONETA, pero tdv no pude hacer la transferencia.- ¿Puedo con el 08 firmado del dueño anterior hacerlo firmar al nuevo titular y que el mismo siga los tramites de la transferencia? En caso de que se pueda, ya que el 08 está en blanco ¿Como hago con el ceta?
    ¿En el registro le van a pedir pero aparece a mi nombre… puesto que yo era la destinataria original ¿puede generarle esto un inconveniente al nuevo comprador para hacer la transferencia?

    • jorgemax

      Reply Reply 29/10/2017

      Si el 08 está firmado y certificado por el vendedor, y en blanco el comprador, se puede usar para la futura venta. Pero el CETA, en caso de existir lo tendría que anular el vendedor y hacer uno nuevo. Se podría hacer también con un CETA de comerciante habitualista.

  • Emiliano

    Reply Reply 07/11/2017

    Buenas una consulta, el auto que tengo que transferir esta a nombre mio y de mi señora 50 % cada uno. El Ceta lo puedo hacer yo solo que tengo clave fiscal?
    o ella tambien tiene que sacarse una clave fiscal y hacer el ceta?
    Ella es titular 1.
    Muchas gracias

    • jorgemax

      Reply Reply 08/11/2017

      El CETA en este caso, lo podés hacer vos solo, sin necesidad de que la otra dueña tenga que obtener su clave fiscal. Simplemente cuando lo haces, tenés que mencionarla a ella con el porcentaje de Titularidad correspondiente. Cualquiera de los condóminos puede hacer el CETA.

  • David

    Reply Reply 19/01/2018

    Una duda en rosario para cualquier transferencia se exige el CETA?? No entendi bien si todos tienen que presentarlo o a partir de que monto en mi caso la compra de un auto, que monto de dinero tiene que tener el auto?

    • jorgemax

      Reply Reply 20/01/2018

      El CETA es un requisito para transferir un vehículo cuando su monto en tabla de DNRPA o su valor declarado sea igual o superior a $100.000. Esto rige tanto para autos como para motos. Es una obligación del vendedor de facilitarlo al adquirente.

    • Mario

      Reply Reply 11/05/2023

      Hola que tal. Tengo cuil limitado. Estoy bloqueado por afip y no me deja hacer el ceta. Es imposible solucionar el tema con afip. Como debo hacer?
      Mi hno es 50% y yo 50% como hacemos? Necesitamos transferencia del 100%

  • Fabiola

    Reply Reply 29/01/2018

    Buenas. Queria preguntar cuanto tiempo tiene validez el ceta. Xq el comprador me pide q el ceta se lo haga mas adelante cuando haga la tranaferencia.

    • jorgemax

      Reply Reply 01/02/2018

      El CETA no tiene vencimiento, es obligación de entregarlo por parte del vendedor.

  • CRISTINA R

    Reply Reply 27/02/2018

    hola, necesito realizar un ceta, pero entro con mi clave fiscal y no tengo la opcion de transferencia de inmuebles, a que se debe que falte esa opción?

    • jorgemax

      Reply Reply 09/04/2018

      Para ello debes cargar eses servicio con el administrador de relaciones de clave fiscal. Eliges Adherir Servicio, y buscas Bienes muebles registrables. Actualizas la página, y listo

  • hugo

    Reply Reply 12/04/2018

    Hola, estoy tratando de hacer la transferencia de venta y compra de un auto por internet. Antes de empezar surge lo siguiente: el auto se vende en córdoba y se cuenta con 08 del vendedor firmado y certificado en el registro, puedo completar todos los datos por internet para presentarlos en el registro de otra pcia (buenos aires) donde reside el comprador?
    Soy el cuñado de la compradora y le llevaria el auto con todos los papeles necesarios pero tengo entendido que al hacerlo por internet es mas barato (20%)
    Gracias

  • Sabrina

    Reply Reply 15/08/2018

    Buen dia. Tengo dudas en Cómo se procede en el orden de trámites? Esta semana vendo mi auto.
    Qué tengo que hacer primero, el 08 o el Ceta?
    Me conviene hacer el 08 y transferencia Via web o personalmente?
    Y la última duda, al completar el ceta si el Comprador es casado, sí o sí el auto tiene que ir a nombre de la pareja, o puede ir a nombre solo del marido?

  • Juan Pablo

    Reply Reply 16/07/2020

    Hola! Hago una consulta. El auto ya está transferido pero el comprador quiere el CETA. Todavía sirve hacerlo? Me va a servir a mi para depositar la plata de la venta en el Banco?

    • jorgemax

      Reply Reply 16/07/2020

      Sí, es válido hacerlo. Es una forma de respaldar el movimiento. A vos te sirve para comprobar el origen ese dinero, por más que no sea obligatorio en esa transferencia.

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